El pasado 1° de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
La presente reforma entró en vigor el 1 de mayo de 2026 y de acuerdo con artículos transitorios, los patrones deberán realizar los ajustes necesarios a sus procesos y sistemas durante el periodo comprendido del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026.
Entre las modificaciones más relevantes destacan las siguientes:
| Año | Jornada laboral |
| 2026 | 48 |
| 2027 | 46 |
| 2028 | 44 |
| 2029 | 42 |
| 2030 | 40 |
Su implementación será gradual:
| Año | Horas Extra |
| 2026 | 9 |
| 2027 | 9 |
| 2028 | 10 |
| 2029 | 11 |
| 2030 | 12 |
Nuevas obligaciones para Patrones
A partir del 1 de enero de 2027, los patrones deberán:
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social emitirá las disposiciones de carácter general para su implementación, así como los mecanismos de seguimiento y evaluación.
El incumplimiento de la obligación de registro electrónico podrá ser sancionado con multas que van de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) lo que va de $29,327.50 a $586,000.
(Artículo 994, fracción IV Bis de la Ley Federal del Trabajo)
Conclusiones
La presente reforma obliga a los patrones abordar la reducción de la jornada como un proceso integral y no como una mera reducción de horarios, durante el plazo establecido de mayo a diciembre de 2026 los patrones deberán ajustar turnos, cargas de trabajo y esquemas de operación; algo ya complejo por sí solo, pero además deberán actualizar contratos de trabajo, reglamentos, alinear políticas y parametrizar los sistemas de asistencia y su repercusión en el cálculo de nómina a la vez que se debe asegurar consistencia entre registros laborales mandatorios a partir de esta reforma con el CFDI de nómina y bases de impuestos estatales y de seguridad social.
Por ello, el periodo de implementación debe aprovecharse al máximo para alinear procesos operativos, documentales, tecnológicos y asegurar el cumplimiento normativo y fiscal.
Fuente: DOF - Diario Oficial de la Federación
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