El pasado 16 de Diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Séptima Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y el Anexo 2.
Con base a las modificaciones realizadas, los puntos medulares son los siguientes:
Regla 1.5.1 – Manifestación de Valor
Regla 2.4.1 – Autorización y prórroga
Regla 2.4.3 – Procedimiento de despacho
Asimismo, se da a conocer la Cuarta Modificación al Anexo 2 de las RGCE para 2025, en el cual se adicionó la Ficha de Trámite: 49/ LA. referente a la autorización y prórroga para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por un lugar distinto al autorizado.
Las presentes modificaciones son aplicables a partir del 17 de diciembre de 2025
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