El 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera, el cual entra en vigor el 24 de febrero de 2026. Esta reforma tiene como objetivo alinear el Reglamento con la reciente reforma a la Ley Aduanera y con las Reglas Generales de Comercio Exterior, reforzando la digitalización, trazabilidad y control documental en las operaciones de comercio exterior.
Principales cambios:
1. Fortalecimiento del Sistema Electrónico Aduanero y del expediente electrónico
2. Manifestación de Valor y materialidad de las operaciones
I. El comprobante fiscal digital por Internet o documento equivalente que cumpla con los requisitos.
II a VI...
VII. Contratos y, en su caso, órdenes de compra relacionados con la transacción de la Mercancía objeto de la operación;
VIII. Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el artículo 65 de la Ley;
IX. Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de valor en aduana o valor comercial de la Mercancía de que se trate, y
X. Las notas de crédito o documentos donde consten descuentos especiales en numerario o especie, para aplicarse en el momento que corresponda al pago de cada operación de compraventa realizada, ya sea en parcialidades o en una sola exhibición.
3. Generalidades: digitalización, transmisión y prevalidación
4. Creación del Consejo Aduanero y mayor gobernanza
5. Agentes aduanales, agencias aduanales y representantes legales
Con la reforma al Reglamento y la creación del artículo 81-A, se vuelve indispensable reforzar la trazabilidad y materialidad de las operaciones de comercio exterior. Por lo que sugerimos:
Se comparte la liga al documento oficial emitido por la autoridad competente para su completa referencia y consulta del contenido íntegro.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780677&fecha=23/02/2026#gsc.tab=0
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