Panorama Normativo Laboral y Pensional en Colombia
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1. Modalidades de Teletrabajo

De acuerdo con la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), sancionada por el Congreso de Colombia, el teletrabajo queda reglamentado con cinco modalidades específicas, para ajustarse a diversas realidades y formas de prestar servicios sin presencia física continua en las instalaciones del empleador.

  1. Teletrabajo Autónomo: Es aquel donde los teletrabajadores en la que el teletrabajador elige libremente su lugar de trabajo desarrollan sus funciones de forma permanente a distancia y solo asiste a la empresa cuando es requerido.
  2. Teletrabajo Móvil: Es aquel en donde los teletrabajadores no tienen un lugar de trabajo establecido.
  3. Teletrabajo Híbrido: Modalidad en la que se alterna el trabajo remoto y presencial durante la semana laboral, combinando días en casa y en las instalaciones del empleador, y que exige flexibilidad, responsabilidad, confianza y orientación a resultados.
  4. Teletrabajo Transnacional: Modalidad en la que el trabajador, vinculado laboralmente en Colombia, presta sus servicios desde otro país, siendo responsable de su situación migratoria y contando el empleador con un seguro de salud y la cobertura de prestaciones económicas a través del Sistema de Seguridad Social colombiano.
  5. Teletrabajo Temporal o Emergente: Modalidad aplicable en situaciones excepcionales, como emergencias sanitarias o desastres naturales, sin afectar la normativa legal vigente sobre el trabajo en casa.

Conocer y elegir la modalidad adecuada no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que también fortalece la eficiencia, el bienestar y la sostenibilidad de las organizaciones.

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

2. Deslizamiento del Salario Mínimo dentro del sistema general de pensiones.

El pasado 31 de diciembre de 2025, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1485 que modifica el régimen de cobertura del llamado “deslizamiento del salario mínimo” dentro del Sistema General de Pensiones. 

Este mecanismo está diseñado para que las aseguradoras puedan cubrir el riesgo asociado con los aumentos del salario mínimo en las pensiones bajo la modalidad de renta vitalicia (inmediata y diferida), especialmente cuando ese incremento supera la variación técnica esperada basada en inflación y productividad. 

Cambios principales introducidos

De acuerdo con análisis y resúmenes disponibles:

  • Redefinición del parámetro técnico para el cálculo de la cobertura del deslizamiento del salario mínimo, sustituyendo criterios anteriores basados en promedios de productividad.
  • Eliminación del reconocimiento de intereses en las coberturas cuando hay diferencia positiva entre salario mínimo y criterios técnicos.
  • Nuevos requisitos y procedimientos para la inscripción de rentas vitalicias y la forma de cálculo de la cobertura.
  • Fortalecimiento del control fiscal y técnico sobre el mecanismo bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera. 

Estos ajustes buscan mejorar la sostenibilidad financiera del sistema pensional frente a aumentos del salario mínimo, aunque han generado debate en el sector, pues algunos analistas y gremios señalan que podrían trasladar mayor riesgo financiero hacia las aseguradoras y los futuros pensionados, potencialmente afectando la posibilidad de pensionarse para quienes cotizan en fondos privados con salarios mínimos.

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

3. Lineamientos para la autorización de despido de trabajadores. 

La Circular 120 de 2025, expedida por el Ministerio del Trabajo de Colombia el pasado 27 de noviembre de 2025, establece los lineamientos internos que deben observar los funcionarios del Ministerio del Trabajo para tramitar y resolver las solicitudes de autorización de despido de trabajadores, servidores públicos o contratistas que gozan de estabilidad laboral u ocupacional reforzada debido a:

  • Discapacidad
  • Condiciones de salud
  • Situaciones de debilidad manifiesta que puedan derivar en discriminación.

Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social deben:

  • Verificar el cumplimiento del debido proces
  • Analizar si el despido obedece a razones no discriminatorias
  • Exigir evidencia probatoria adecuada presentada por el empleador
  • Evaluar si se agotaron medidas como ajustes razonables, rehabilitación o reubicación antes de autorizar la terminación del vínculo;
  • Garantizar los derechos de defensa y participación del trabajador afectado en el trámite. 

Su objetivo es garantizar que las decisiones sobre despidos en estos casos no sean discriminatorias y se ajusten al marco constitucional, legal e internacional de protección de derechos humanos y laborales.

Ver: Documento anexo en formato pdf.

 

El contenido del presente boletín es meramente informativo, razón por la cual no podrá utilizarse bajo ninguna circunstancia como una asesoría en la materia descrita en el mismo. En caso de necesitar asesoría en alguno de los aspectos tratados, nuestro equipo de profesionales estará dispuesto a atenderlo. contacto@jadelrio.com

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